Visa de cónyuge y K-1 para EE. UU. desde México: guía de evidencia
Para solicitantes mexicanos que tramitan su visa para Estados Unidos. Fuente oficial: US Consulate General in Ciudad Juárez.
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Esta página es una traducción de la guía en inglés. Los números de formulario, las siglas de las agencias y los sitios web se mantienen sin traducir, y algunos términos oficiales se muestran también en inglés entre paréntesis. Si hay alguna diferencia, prevalecen la versión en inglés y las fuentes oficiales.
Categorías de visa aplicables
- Visa de inmigrante de cónyuge CR-1 / IR-1 (I-130) — varía según el caso; consulte los tiempos de procesamiento actuales de USCIS para el Formulario I-130 y, después, la programación del NVC y del consulado
- Visa de no inmigrante de prometido(a) K-1 (I-129F) — varía según el caso; consulte los tiempos de procesamiento actuales de USCIS para el Formulario I-129F y, después, la programación del NVC y del consulado
Qué cambia para los solicitantes mexicanos
- Una sola sede de entrevista para México: según las instrucciones de la Misión de EE. UU. en México (US Mission in Mexico), el NVC envía los casos de visa de inmigrante (incluidas las CR-1/IR-1) a la Unidad de Visas de Inmigrante del Consulado General de EE. UU. en Ciudad Juárez (US Consulate General in Ciudad Juárez) para la entrevista, y los casos de prometido(a) K-1 también se envían a Juárez. Salvo que se les indique otra cosa, los solicitantes de visa de inmigrante deben prever de dos a cinco días hábiles allí: un examen médico en una clínica autorizada, la toma de datos biométricos en el Centro de Atención a Solicitantes (Applicant Service Center) y dos comparecencias en el consulado.
- Perdón provisional I-601A: un solicitante que está en Estados Unidos, tiene un caso de visa de inmigrante pendiente ante el Departamento de Estado (Department of State), por ejemplo, con base en un I-130 aprobado, y acumula más de 180 días de presencia ilegal podría pedir a USCIS que le perdone los impedimentos de 3 y 10 años de la INA §212(a)(9)(B) antes de salir hacia la entrevista en Juárez. El solicitante tiene que demostrar una dificultad extrema (extreme hardship) para su cónyuge, padre o madre que sea ciudadano estadounidense o residente permanente, y USCIS además decide de forma discrecional. Los casos de prometido(a) K-1 no están en la lista de elegibilidad, y el perdón no cubre otras causales, como el impedimento independiente que establece la §212(a)(9)(C) por entrar o intentar volver a entrar sin ser admitido después de más de un año de presencia ilegal en total o después de una orden de remoción.
- Apostillas, si se las piden: la Convención de La Haya sobre la Apostilla está en vigor para México desde 1995. Las actas de nacimiento y de matrimonio expedidas por los estados las apostilla el gobierno del estado que las expidió; la Secretaría de Gobernación (SEGOB), a nivel federal, apostilla los documentos expedidos por la federación e indica que no apostilla actas. Las instrucciones del I-130 de USCIS piden fotocopias legibles más traducciones certificadas completas al inglés y no mencionan una apostilla.
Autenticación de documentos (México)
México es parte de la Convención de La Haya sobre la Apostilla desde 1995. Los documentos civiles (acta de nacimiento, acta de matrimonio) los apostilla la Secretaría General de Gobierno del estado que los expidió; los documentos federales los apostilla la Secretaría de Gobernación (SEGOB).
Autoridad emisora: Secretaría de Gobernación — Apostilla de documentos (SEGOB).
Documentos civiles que suelen solicitarse
- Acta de nacimiento expedida por el registro civil del estado
- Acta de matrimonio
- CURP (Clave Única de Registro de Población)
- Credencial para votar (INE)
- Constancia de antecedentes penales, federal (expedida por la SSPC) o estatal
Guías de formularios oficiales
- I-129F: Petition for Alien Fiancé(e) (en inglés)
- I-130: Petition for Alien Relative (en inglés)
- I-751: Petition to Remove Conditions on Residence (en inglés)
- I-485: Application to Register Permanent Residence or Adjust Status (en inglés)
Motivos frecuentes de rechazo en US Consulate General in Ciudad Juárez
- Impedimentos por presencia ilegal de la INA §212(a)(9)(B) (3 o 10 años después de la salida, según cuánto tiempo estuvo el solicitante en presencia ilegal): pueden perdonarse, de forma discrecional, mediante un perdón provisional I-601A presentado antes de la salida o un Formulario I-601 presentado después de que el funcionario consular determine que el solicitante es inadmisible, cuando se demuestra una dificultad extrema (extreme hardship) para el cónyuge, padre o madre ciudadano estadounidense o residente permanente.
- Rechazo conforme a la INA §221(g): el funcionario consular todavía no ha determinado que el solicitante reúna los requisitos e indica si se necesitan más documentos o información o si el caso requiere procesamiento administrativo (administrative processing); siga las instrucciones escritas que le entreguen en la entrevista. En los casos K-1, USCIS indica que, si el funcionario consular no considera que la relación sea genuina (bona fide), la visa no se expide y el I-129F se devuelve a USCIS.
- Insuficiencia en la Declaración Jurada de Patrocinio (Affidavit of Support) en casos CR-1/IR-1: el patrocinador del Formulario I-864 por lo general tiene que demostrar ingresos (o bienes que califiquen) de al menos el 125 % de las Pautas de Pobreza del HHS para el tamaño del hogar (100 % para patrocinadores militares en servicio activo que presentan la petición a favor de su cónyuge o hijo), y un copatrocinador (joint sponsor) también puede presentar la suya; una declaración que no cumple el requisito puede llevar a un rechazo por carga pública conforme a la INA §212(a)(4).
- Tergiversación conforme a la INA §212(a)(6)(C)(i): tergiversar intencionalmente un hecho importante para obtener una visa hace inadmisible al solicitante, por lo que el historial de viajes y de inmigración a EE. UU. declarado en el DS-260 (o, para la K-1, en el DS-160) debe estar completo y coincidir con el historial real del solicitante.
Lo que los funcionarios revisan con más detalle en este corredor
- Fragmentos de WhatsApp en español: USCIS pide una traducción completa al inglés de cualquier documento con texto en otro idioma, con la certificación firmada del traductor sobre la integridad, la exactitud y su competencia, así que cada fragmento que presente necesita una traducción completa, no un resumen.
- Evidencia de una relación continua: junto con documentos como contratos de arrendamiento conjuntos, finanzas combinadas y declaraciones juradas de terceros, las instrucciones del I-130 aceptan “cualquier otra documentación pertinente” de una unión matrimonial vigente; los registros fechados de mensajes y videollamadas del tiempo que pasan separados pueden presentarse en ese apartado.
- Declaraciones juradas de terceros: las instrucciones del I-130 mencionan declaraciones juradas o afirmadas por personas con conocimiento personal del matrimonio, cada una con el nombre completo y la dirección del declarante, su fecha y lugar de nacimiento y los detalles de cómo tiene conocimiento de la relación. Pueden darlas familiares y amigos de uno y otro lado de la frontera que tengan ese conocimiento.
- Encuentros en persona para la K-1: el I-129F exige que se hayan reunido en persona en los dos años anteriores a la presentación (salvo que aplique una exención). Las instrucciones mencionan evidencia como una declaración escrita sobre las circunstancias y copias de boletos de avión y de páginas del pasaporte, además de otra evidencia; las fotos fechadas y los recibos de las visitas, incluidos los viajes por la frontera terrestre, pueden complementarla.
Preguntas frecuentes
¿Tengo que hacer la entrevista en Ciudad Juárez?
Para los solicitantes en México, sí. Según las instrucciones de la Misión de EE. UU. en México, el NVC envía los casos de visa de inmigrante, incluidas las CR-1 e IR-1, a la Unidad de Visas de Inmigrante del Consulado General de EE. UU. en Ciudad Juárez para la entrevista, y los casos de prometido(a) K-1 también se envían a Juárez. Desde el 1 de noviembre de 2025, el NVC por lo general programa a los solicitantes de visa de inmigrante en el lugar donde viven o, si lo piden, en su país de nacionalidad. Salvo que se les indique otra cosa, los solicitantes de visa de inmigrante deben prever de dos a cinco días hábiles en Juárez para el examen médico, los datos biométricos y dos comparecencias en el consulado.
¿Qué es el perdón I-601A y lo necesito?
El I-601A permite que ciertos solicitantes de visa de inmigrante que están en Estados Unidos pidan a USCIS, antes de salir para la entrevista, que les perdone los impedimentos por presencia ilegal de la INA §212(a)(9)(B). Esos impedimentos se aplican a quienes salen de EE. UU. después de haber estado en presencia ilegal más de 180 días pero menos de un año (impedimento de 3 años) o un año o más (impedimento de 10 años). Usted tiene que demostrar que negarle la admisión causaría una dificultad extrema (extreme hardship) a su cónyuge, padre o madre que sea ciudadano estadounidense o residente permanente, y USCIS además decide de forma discrecional. Un perdón aprobado solo surte efecto después de que usted salga del país, asista a la entrevista en Ciudad Juárez y el funcionario consular determine que, por lo demás, reúne los requisitos, y no cubre otras causales de inadmisibilidad. Sin él, todavía puede presentar el Formulario I-601 después de que el funcionario consular determine que usted es inadmisible; USCIS indica que creó el proceso provisional para acortar el tiempo que las familias pasan separadas mientras el familiar obtiene la visa de inmigrante.
¿Mi acta de matrimonio necesita traducción para el I-130?
Sí. Las actas de matrimonio mexicanas se expiden en español. Para el I-130, USCIS pide una fotocopia legible del acta junto con una traducción completa al inglés. No envíe el original a menos que USCIS lo solicite: USCIS puede destruir los originales que no pidió. El traductor debe firmar una certificación de que la traducción es completa y exacta y de que es competente para traducir del español al inglés, e incluir su nombre en letra de molde, la fecha y sus datos de contacto.
¿Basta con la apostilla en mi acta o necesito una autenticación consular?
Entre México y EE. UU. no se necesita legalización consular. Ambos son parte de la Convención de La Haya sobre la Apostilla, que suprime la legalización entre los países que la aplican (en vigor para México desde 1995 y para EE. UU. desde 1981), así que, si una autoridad le pide autenticar el acta, el paso que corresponde es una apostilla del gobierno del estado que la expidió. Para el I-130 en sí, USCIS pide una fotocopia legible y una traducción certificada completa al inglés y no menciona una apostilla; siga las instrucciones sobre documentos que el NVC y el consulado le envíen para su caso.
¿Cuánto historial de WhatsApp es suficiente para una relación entre EE. UU. y México?
Ni las instrucciones del I-130 ni las del I-129F fijan una cantidad mínima de historial de chat. Para la CR-1/IR-1, las instrucciones del I-130 mencionan documentos que pueden demostrar un matrimonio genuino (bona fide), como registros de propiedad o arrendamiento conjuntos, finanzas combinadas, actas de nacimiento de hijos que tengan juntos y declaraciones juradas de terceros, además de cualquier otra documentación de una unión matrimonial vigente; el historial de WhatsApp es evidencia de apoyo dentro de ese último grupo. Para la K-1, USCIS indica que la visa no se expide si el funcionario consular no considera que la relación sea genuina. Si incluye historial de chat, los fragmentos fechados que cubren toda la relación, con traducciones certificadas completas de todo lo que esté en español, son más fáciles de seguir que unas cuantas capturas de pantalla aisladas.
Fuentes oficiales
- US Mission Mexico — Immigrant visa application (NVC to Ciudad Juárez)
- US Mission Mexico — Immigrant visa interview in Ciudad Juárez
- US Mission Mexico — Case status and administrative processing
- US Mission Mexico — Fiancé(e) visa interview
- US Mission Mexico — Contact (consulate address)
- US Department of State — Administrative Processing Information (INA §221(g))
- USCIS — Provisional Unlawful Presence Waivers (I-601A)
- USCIS — Form I-601A Provisional Waiver
- USCIS — Form I-601A Instructions
- USCIS — Form I-130
- USCIS — Form I-130 Instructions
- USCIS — Visas for Fiancé(e)s of U.S. Citizens
- USCIS — Form I-129F Instructions
- USCIS — Form I-864 Affidavit of Support
- USCIS — I-864P Poverty Guidelines
- USCIS — Check Case Processing Times
- 8 U.S.C. 1182 (INA §212) — govinfo
- 8 U.S.C. 1201 (INA §221) — govinfo
- HCCH — Apostille Convention status table
- Secretaría de Gobernación — Apostilla de documentos
Corredores relacionados
- Visa de cónyuge y K-1 para EE. UU. desde Colombia: guía de evidencia — Guía de evidencia CR-1, IR-1 y K-1 para solicitantes colombianos: embajada en Bogotá, registro civil (copia del folio) y certificado de antecedentes judiciales válido por dos años.
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